Avance histórico en Colombia para las trabajadoras domésticas internas
La Corte Constitucional respaldó los argumentos presentados en la demanda radicada por la abogada Natalia Ramírez Bustamante y Juan Felipe Parra Rosas, profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes e investigadores del proyecto Digna. Trabajo y género.
La Corte Constitucional respaldó los argumentos presentados en la demanda radicada por la abogada Natalia Ramírez Bustamante y Juan Felipe Parra Rosas, profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes e investigadores del proyecto Digna. Trabajo y género.
La acción interpuesta por Digna condujo a que la Corte Constitucional declarara condicionalmente exequible el artículo 2º de la Ley 2101 del 2021 y el numeral 1º del literal b) del artículo 162 del Código Sustantivo del Trabajo (CST). En que esta decisión, la Corte ordena jornada máxima laboral del servicio doméstico interno debe reducirse de 60 a 52,5 horas semanales.
Además, la Corte exhortó al Congreso de la República a que adopte las medidas legislativas necesarias para igualar la jornada máxima laboral del servicio doméstico con la de los trabajadores en general, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Convenio No. 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).